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Tribunal de familia: qué casos ve y cuál te corresponde

Qué materias resuelven los tribunales de familia, cómo saber a cuál ir, si necesitas abogado y cómo seguir tu causa en línea.

Guía editorial de juzgado.cl · Cómo las hacemos · Última actualización:

Los tribunales de familia (oficialmente, juzgados de familia) resuelven los conflictos entre parientes y las causas sobre niños, niñas y adolescentes.

Qué casos ven

  • Pensión de alimentos: fijarla, aumentarla, rebajarla o cobrar lo que se debe.
  • Cuidado personal de los hijos y relación directa y regular (visitas).
  • Divorcio, separación judicial, nulidad de matrimonio y compensación económica.
  • Violencia intrafamiliar que no constituye delito.
  • Medidas de protección para niños, niñas y adolescentes vulnerados en sus derechos.
  • Filiación, adopción y autorización para salir del país con un hijo.

Cuál te corresponde

En general, el del domicilio de la persona demandada. En las demandas de alimentos, quien pide la pensión puede elegir el tribunal de su propio domicilio. En comunas sin juzgado de familia, estas materias las ve el juzgado de letras de la zona.

Busca el tuyo en el directorio de juzgados de familia, con dirección, teléfono y cómo llegar.

Antes de demandar: la mediación

Para pedir alimentos, cuidado personal o relación directa y regular, primero debes intentar una mediación familiar. Si no hay acuerdo, el certificado de mediación frustrada te permite presentar la demanda.

Cómo seguir tu causa

Entra a la Oficina Judicial Virtual del Poder Judicial con tu ClaveÚnica. Allí ves tus causas, las resoluciones y las próximas audiencias. Te explicamos el paso a paso en cómo consultar una causa.

Si no entiendes una resolución, busca el término en el glosario.

Preguntas frecuentes

¿Es lo mismo tribunal de familia que juzgado de familia?

Sí. El nombre oficial es juzgado de familia; en el habla común se le dice tribunal de familia. En comunas pequeñas, estas materias las ve el juzgado de letras de competencia común.

¿Puedo ir sin abogado?

En general debes actuar con un abogado. Si no puedes pagarlo, la Corporación de Asistencia Judicial y otras instituciones dan patrocinio gratuito. Algunas gestiones, como pedir medidas de protección urgentes, pueden iniciarse sin abogado.