Si la pensión de alimentos no se paga, el primer paso es pedir al tribunal que liquide la deuda, es decir, que calcule cuánto se debe a la fecha, con reajustes e intereses.
Cómo pedir la liquidación
- Entra a la causa de alimentos en la Oficina Judicial Virtual o acude al tribunal de familia que fijó la pensión.
- Pide la liquidación de la deuda indicando los meses impagos.
- El tribunal la calcula y la notifica al deudor, que puede objetarla en un plazo breve.
Medidas para cobrarla
Con la deuda liquidada, el tribunal puede ordenar, entre otras:
- Retención de la pensión directamente del sueldo por el empleador.
- Inscripción en el Registro Nacional de Deudores.
- Arresto nocturno y, si persiste el incumplimiento, otras medidas de apremio.
- Arraigo, que impide salir del país.
- Suspensión de la licencia de conducir.
Cobro con fondos de la AFP y cuentas bancarias
Desde la Ley 21.484 existe un procedimiento especial: el tribunal puede investigar las cuentas bancarias, inversiones y otros fondos del deudor y ordenar que se pague con ellos. Si no alcanza, puede ordenar el pago con los fondos de la cuenta de capitalización individual de la AFP, dentro de los límites que fija la ley.
Lleva un registro
Anota cada pago recibido y cada mes impago, y guarda los comprobantes. Si la pensión se paga en la cuenta que fijó el tribunal, la cartola sirve como prueba.
Cómo cobrar una pensión impaga
- Oficina Judicial VirtualEntra a la causa de alimentosO acude al tribunal de familia que fijó la pensión.
- Juzgado de familiaPide la liquidaciónIndicando los meses impagos.
- Juzgado de familiaEl tribunal la calcula y notificaEl deudor puede objetarla en un plazo breve.
- Juzgado de familiaSe aplican medidas de cobroRetención del sueldo, registro de deudores, arraigo y otras.
Preguntas frecuentes
¿Necesito abogado para pedir la liquidación?
La liquidación se puede pedir en la causa de alimentos, incluso por la Oficina Judicial Virtual. Para las medidas de cobro más complejas conviene contar con un abogado o con la Corporación de Asistencia Judicial.
¿La deuda de alimentos prescribe?
Las pensiones impagas se pueden cobrar por años, pero existen plazos de prescripción. Si la deuda es antigua, pide la liquidación cuanto antes y consulta con un abogado.