El Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos lo lleva el Registro Civil. Busca que quienes no pagan la pensión de sus hijos no puedan hacer ciertos trámites hasta ponerse al día.
Quiénes entran
El tribunal de familia ordena la inscripción de quien adeuda, total o parcialmente, al menos tres mensualidades consecutivas o cinco discontinuas de una pensión fijada por el tribunal o aprobada por él.
Consecuencias
Mientras está inscrito, el deudor enfrenta, entre otras:
- Retención de la devolución de impuestos para pagar la deuda.
- Impedimento para obtener o renovar la licencia de conducir y el pasaporte.
- Los bancos deben retener parte de los créditos que le otorguen, sobre cierto monto, para pagar la deuda.
- El empleador debe retener lo adeudado del sueldo o del finiquito.
- Restricciones para postular a cargos públicos y a algunos beneficios.
Cómo pedir el certificado
Entra al sitio del Registro Civil y busca el certificado del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos. Puedes obtenerlo con tu RUT o el de otra persona. Muchos trámites, como renovar la licencia, lo exigen.
Si te deben la pensión
Pide al tribunal la liquidación de la deuda. Con ella se puede solicitar la inscripción en el registro y otras medidas de cobro.
Preguntas frecuentes
¿El certificado tiene costo?
No. El certificado de inscripción o de no inscripción en el registro se obtiene gratis en el sitio del Registro Civil.
¿Cómo salgo del registro?
Pagando la deuda. Cuando el tribunal verifica el pago total, ordena la cancelación de la inscripción.