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Corte de San Miguel frena descuentos de caja de compensación sin aviso previo

La Corte de Apelaciones de San Miguel acogió un recurso de protección y ordenó restituir las retenciones aplicadas en la remuneración de un trabajador.

Laboral · , 02:18 p. m. · 2 min de lectura

La Corte de Apelaciones de San Miguel acogió una acción de protección presentada por un trabajador y dispuso suspender las retenciones en sus remuneraciones impulsadas por la Caja de Compensación La Araucana. La decisión dejó sin efecto el cobro por planilla de un crédito social, tras constatar que la institución reanudó los descuentos sin informar previamente al afiliado ni ofrecerle un plazo para regularizar su situación, según consta en el fallo.

El conflicto se originó cuando la entidad reinició en febrero de 2026 los cobros de un préstamo pactado en 2012 por 54 cuotas, cuyo pago se había visto interrumpido luego de que el afectado perdiera su empleo. Tras un largo período sin retenciones, la caja aplicó descuentos de $43.158 en febrero, $123.170 en marzo y abril, y $174.509 en mayo de 2026. Ante esto, el trabajador recurrió al tribunal argumentando que la falta de aviso previo lesionó su derecho de propiedad sobre su salario.

Por su parte, la caja de compensación solicitó rechazar la acción mencionando que el crédito original fue por $3.118.480, con un saldo por pagar de $3.093.076, e invocó el artículo 22 de la Ley N°18.833 para respaldar el deber patronal de descontar las cuotas. Sin embargo, el fallo determinó que, según las normas de la Superintendencia de Seguridad Social, si los cobros no se hicieron por más de seis meses, la entidad debe comunicar la deuda y dar al menos quince días corridos para regularizar. Al no acreditar esta notificación, el tribunal ordenó suspender el mecanismo y devolver lo descontado desde febrero de 2026, aclarando que la obligación económica no queda extinguida.

Qué significa

El recurso de protección es un mecanismo constitucional orientado a resguardar derechos fundamentales ante actos u omisiones arbitrarias o ilegales. En el contexto de los ingresos del trabajo, opera para proteger el derecho de propiedad sobre las remuneraciones frente a reducciones no ajustadas al procedimiento formal.

Por otro lado, aunque la legislación autoriza a las cajas de compensación a cobrar cuotas de créditos sociales mediante descuentos directos por planilla, la regulación administrativa exige transparencia y comunicación formal. La falta de un aviso oportuno impide que el afiliado conozca el estado de su deuda o pueda regularizarla, haciendo arbitrario el reinicio de las retenciones.

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Fuente original: Corte ordena suspender descuentos por crédito social reactivados sin aviso previo al trabajador, Diario Constitucional, 26 de octubre de 2026.

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