
La Corte Suprema revocó un fallo de la Corte de Apelaciones de Concepción y rechazó el recurso de protección presentado por el dueño de un terreno contra su vecino, a quien acusaba de bloquearle el paso mediante un portón con candado. De acuerdo con el fallo dividido del máximo tribunal, esta acción constitucional no es la vía idónea para resolver una controversia donde se cuestiona la existencia misma de una servidumbre de tránsito.
El caso se originó cuando un propietario denunció que el dueño del predio colindante cerró el acceso que utilizaba para ingresar a su terreno, sin entregarle llaves ni permitirle una alternativa. El afectado sostuvo que su propiedad contaba con un derecho de paso expresamente constituido y que la acción de su vecino constituía una medida de autotutela. Por su parte, el recurrido afirmó ser dueño del lote donde instaló la estructura y negó que su terreno estuviera gravado con una servidumbre, argumentando que la diferencia correspondía a un debate civil de deslindes.
Aunque la Corte de Concepción había acogido la acción al considerar que el cierre era arbitrario, la Corte Suprema revirtió la decisión. El máximo tribunal recordó que la acción de protección tiene como objetivo “resguardar el ejercicio legítimo de derechos y garantías constitucionales”, por lo que exige que el derecho reclamado sea preexistente y no esté controvertido.
Al existir discrepancias sobre los títulos y el alcance de los derechos de dominio de cada parte, la Corte Suprema concluyó que el asunto debe discutirse en un juicio civil de lato conocimiento con presentación de pruebas. La resolución se alcanzó con la disidencia del ministro suplente Hernán Crisosto junto al abogado integrante Carlos Urquieta, quienes votaron por respaldar el dictamen que ordenaba reabrir el paso.
Qué significa
El recurso de protección es una garantía constitucional expedita que busca resguardar derechos fundamentales frente a actos arbitrarios o ilegales. No obstante, las autoridades judiciales han establecido que esta vía no permite declarar la existencia de derechos que están en duda o disputa, pues para ello se requiere un procedimiento judicial ordinario que contemple etapas de prueba.
Por otro lado, una servidumbre de tránsito es un gravamen real que se impone sobre un predio para permitir el acceso a otro terreno que carece de salida. Cuando no hay acuerdo sobre la vigencia o aplicación de este gravamen, la discusión debe someterse a la decisión de los tribunales civiles correspondientes.


