
La Contraloría General de la República fijó un límite de 10 días hábiles para que la Superintendencia de Pensiones remitiera un reporte relativo a las acciones de control ejecutadas sobre las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), tras los perjuicios económicos registrados en el Fondo E. Según informó Radio Universidad de Chile, esta decisión del organismo contralor responde a una solicitud formal ingresada por parlamentarios pertenecientes a las bancadas de la DC, FRVS e Independientes.
El oficio parlamentario busca determinar si el regulador actuó a tiempo para supervisar las decisiones de inversión de las administradoras y resguardar los fondos previsionales. En su requerimiento, la Contraloría solicitó a la entidad estatal “responder en el plazo de 10 días hábiles lo solicitado en el oficio de fiscalización”, remitiendo los documentos necesarios para resolver la presentación.
El Fondo E, caracterizado por su perfil conservador, registró una disminución real de 10,39% entre enero y septiembre de 2026. Esta caída estuvo vinculada a pérdidas de valoración en operaciones con derivados financieros sujetos a tasas de interés internacionales. Frente a este escenario, la Superintendencia de Pensiones abrió procedimientos sancionatorios contra las siete AFP que operan en el mercado para evaluar posibles faltas en sus deberes de administración.
Qué significa
El requerimiento formulado por la Contraloría General de la República se enmarca en la atribución de fiscalizar a los organismos de la administración del Estado. A través de este mecanismo, la entidad examinadora solicita antecedentes a los servicios públicos para verificar si cumplieron oportunamente con las labores de fiscalización y control que la ley les encomienda.
Por su parte, un procedimiento sancionatorio es una investigación administrativa impulsada por un ente regulador. Su objetivo es determinar si una entidad fiscalizada incurrió en infracciones a la normativa vigente y, de comprobarse eventuales faltas, establecer las sanciones correspondientes.


