
La Corte Suprema dejó sin efecto una resolución de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) que daba por cumplidas las correcciones de facturación realizadas por una empresa distribuidora de energía. El máximo tribunal determinó que la sola eliminación de intereses moratorios no subsana el cobro indebido del consumo de energía, de acuerdo con lo resuelto en el fallo, por lo que dispuso que el organismo fiscalizador inicie un procedimiento administrativo para recalcular las sumas cobradas entre octubre de 2022 y enero de 2024.
El conflicto se originó tras el fallo en el medidor de un inmueble arrendado, el cual permaneció cerca de un año sin ser reemplazado. Durante ese periodo, la compañía eléctrica facturó consumos excesivos y cobros injustificados. Pese a que la SEC había instruido refacturar considerando el promedio de consumo de dos meses a energía base y sin intereses, la distribuidora solo realizó un descuento de $6.610.422.- por concepto de intereses de mora, sin modificar el cobro del capital principal.
En primera instancia, la Corte de Apelaciones de Santiago había rechazado el reclamo de ilegalidad presentado por el usuario. Sin embargo, al revisar la apelación, la Corte Suprema advirtió que el organismo fiscalizador dio por cerradas sus órdenes sin comprobar si la rebaja aplicada cubría los montos principales cobrados en exceso o únicamente sus intereses asociados.
El máximo tribunal recordó que la normativa obliga a las empresas a facturar con base en registros reales y a devolver las sumas cobradas de más. En ese contexto, concluyó que la eliminación de intereses no limpia una deuda originada en un cálculo incorrecto del consumo base, por lo que la SEC incurrió en una infracción al validar el cumplimiento de la empresa sin contar con información suficiente.
Qué significa
Un reclamo de ilegalidad es un recurso judicial que permite a las personas impugnar actos o resoluciones de organismos de la Administración del Estado cuando consideran que estos han sido dictados al margen de la ley o violando las facultades otorgadas por la normativa.
Por otra parte, en el ámbito del cobro de servicios de utilidad pública, el saldo principal correspondiente al consumo real y los intereses moratorios son conceptos independientes. Los intereses son obligaciones accesorias que derivan del atraso en el pago, por lo que su condonación o descuento no subsana la falta de recalculo del capital cobrado indebidamente.


