
La Corte de Santiago acogió un recurso de nulidad y declaró como injustificado el despido de un trabajador cuya relación laboral fue terminada invocando la causal de necesidades de la empresa. Según informó Diario Constitucional, el tribunal determinó que la decisión no estuvo debidamente fundamentada y condenó a la empleadora a pagar un recargo legal del 30% sobre la indemnización por años de servicio, monto correspondiente a $1.764.778.
En primera instancia, el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago había rechazado la demanda del ex trabajador. Ante esto, el afectado interpuso un recurso de nulidad por infracción a las reglas de la sana crítica en la apreciación de la prueba, acusando que la resolución judicial validó la desvinculación fundándose en publicaciones de prensa del Diario Financiero y de Radio Universidad de Chile sobre el panorama macroeconómico del país, las cuales no hacían alusión directa a la compañía demandada.
De acuerdo con lo consignado por el medio, la empleadora no presentó antecedentes contables propios —como estados financieros o balances— para acreditar un problema económico concreto. Asimismo, las 81 cartas de despido presentadas por la empresa para alegar una reestructuración pertenecían a una dotación que superaba los 3.000 trabajadores a nivel nacional, por lo que la Corte estimó que no tenían la entidad necesaria para justificar la medida.
Al dictar la sentencia de reemplazo, la Corte de Santiago concluyó que el término del contrato no se ajustó a derecho, acogiendo las pretensiones del trabajador.
Qué significa
El despido por necesidades de la empresa es una causal objetiva establecida en la legislación laboral que requiere demostrar racionalmente que la desvinculación responde a razones técnicas, económicas o de reestructuración internas de la entidad empleadora, y no a meros contextos generales del mercado.
Por su parte, el recurso de nulidad es un mecanismo procesal que busca invalidar un juicio o una sentencia laboral cuando se han cometido infracciones de ley o fallas en la valoración probatoria. Cuando los tribunales determinan que la desvinculación no se ajustó a las exigencias legales, la normativa prevé que el empleador debe pagar un recargo porcentual acumulativo sobre las indemnizaciones del trabajador.


